Caso de éxito: Cómo un peritaje médico forense demostró la pérdida de oportunidad en un diagnóstico tardío
1. El conflicto judicial y el encargo
Un paciente acudió repetidamente al servicio de urgencias hospitalario con sintomatología neurológica progresiva. Durante cuatro meses se catalogó su cuadro como cefalea tensional y contractura cervical leve, sin prescribir una resonancia magnética (RMN) craneal. Cuando finalmente se practicó la prueba de imagen, se descubrió una lesión ocupante de espacio en fase avanzada con secuelas motoras irreversibles. El servicio de salud y su aseguradora rechazaron la reclamación previa alegando que la evolución habría sido idéntica independientemente del momento del diagnóstico.
2. Actuación técnica y metodología
Nuestro despacho pericial médico forense asumió el estudio de viabilidad técnica. El médico forense analizó exhaustivamente la historia clínica hospitalaria completa, los protocolos de la Sociedad Española de Neurología y la bibliografía médica indexada. El dictamen pericial determinó con precisión milimétrica la infracción de la Lex Artis por omisión de pruebas diagnósticas protocolizadas y cuantificó una pérdida de oportunidad curativa del 65%. Se acompañó de una valoración pormenorizada de las secuelas psicofísicas y el menoscabo funcional.
3. Ratificación judicial y sentencia
En el acto del juicio, nuestro médico forense ratificó el dictamen y defendió con firmeza la evidencia científica frente a las contradicciones de la aseguradora. El Juzgado estimó la demanda reconociendo la pérdida de oportunidad como daño indemnizable y condenó a la entidad aseguradora a indemnizar al paciente con más de 185.000 € conforme a la doctrina del Tribunal Supremo.
Relaciones y enlazado técnico-judicial
Preguntas frecuentes sobre este supuesto
Respuestas claras de nuestros peritos judiciales sobre validez, plazos y ratificación en juzgado.
Q1 ¿Qué es la pérdida de oportunidad en una negligencia médica? +
Es la privación culposa al paciente de una probabilidad real y contrastable de curación, supervivencia o menor gravedad en las secuelas como consecuencia de un error o retraso en el diagnóstico o tratamiento médico.
Q2 ¿Quién debe emitir el dictamen en un caso de negligencia médica? +
Debe ser elaborado por un médico forense o médico especialista colegiado independiente, estructurado conforme al Art. 335.2 de la LEC y con plena solvencia para su ratificación y debate en sala de vistas.
Q3 ¿Cómo se vincula este análisis con los servicios periciales médicos de MIA Peritos? +
Este caso práctico se fundamenta en nuestro servicio especializado de <a href="/servicio/analisis-praxis-medica-nexo-causal-perdida-oportunidad">Análisis de la praxis médica, nexo causal y pérdida de oportunidad</a> y nuestro servicio de <a href="/servicio/informes-valoracion-dano-corporal">Informes de valoración del daño corporal</a>.
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