Guardia procesal · te responde un perito, no un comercial644 164 545

Especialidad pericial · 06

Peritaje Económico-Financiero y Auditoría Judicial

El peritaje económico judicial traduce balances y estados financieros complejos a conclusiones claras para el juez. Cuantifica con rigor contable el lucro cesante, el daño emergente y el valor real de compañías en conflictos de socios o incumplimientos contractuales.

  • 4,9/5 · 115 valoraciones
  • +790 expedientes con resultado favorable
Ficha de la especialidad
Ámbito
Toda España
Servicios
8
Ratificación
Presencial o telemática
Idiomas
Castellano y català
Revisado
16/09/2026
Art. 1De las situaciones habituales

¿Te reconoces en alguna de estas situaciones?

Así nos llegan la mayoría de casos. Si el tuyo se parece, un perito puede decirte en poco tiempo si hay prueba técnica.

  1. 01

    Un incumplimiento contractual te ha generado pérdidas millonarias y necesitas cuantificar el lucro cesante y daño emergente para el juez.

  2. 02

    Estás inmerso en un conflicto societario y sospechas que tus socios manipulan la contabilidad para devaluar tus participaciones.

  3. 03

    Has sufrido un fraude financiero o mala praxis bancaria y precisas un informe de auditoría forensic implacable.

  4. 04

    El economista de la parte contraria ha presentado un cálculo sesgado a la baja y necesitas un contraperitaje contundente.

Me pasa algo así

Art. 2De los servicios

Qué podemos peritar por ti.

Cada servicio tiene su metodología y su perito titulado. Entra en el que se parezca más a tu caso.

  1. 01

    Contrainformes a Peritajes Económicos de Compañías AseguradorasRevisión y contraperitaje de informes económicos de aseguradoras en siniestros de todo tipo. Análisis crítico de valoraciones de daños, lucro cesante y perjuicios económicos para reclamar indemnizaciones justas en procedimientos judiciales

  2. 02

    Peritaje de Lucro Cesante y Daño EconómicoCuantificación de pérdidas económicas, beneficios no percibidos y daño emergente derivados de incumplimientos contractuales, negligencias o siniestros

  3. 03

    Peritaje de Lucro Cesante por Parada de Negocio y Pérdida de FacturaciónDictamen pericial econométrico para reclamar la ganancia dejada de obtener tras incendios, averías, obras no autorizadas o paralizaciones de negocio.

  4. 04

    Peritaje Económico de Perjuicio Patrimonial por Competencia DeslealCuantificación pericial del desvío ilícito de clientes, violación de secretos empresariales y actos de confusión comercial conforme a la Ley 3/1991.

  5. 05

    Valoración Económica de Daño Emergente y Lucro Cesante por Incumplimiento ContractualDeterminación pericial del perjuicio económico total (Art. 1101 CC) derivado del incumplimiento de acuerdos comerciales, distribución o arrendamiento.

  6. 06

    Valoración de Empresas y Negocios en LitigiosDeterminación del valor razonable de sociedades, negocios y activos intangibles para procedimientos de divorcio, herencias, fusiones, adquisiciones y litigios societarios

  7. 07

    Peritaje contable judicialAnálisis y reconstrucción judicial de estados contables e identificación de irregularidades o desvíos económicos

  8. 08

    Peritaje de Deuda, Morosidad y EjecucionesAnálisis pericial del endeudamiento, impagos, refinanciaciones y viabilidad de cobro en procedimientos de reclamación de deudas, concursos y ejecuciones judiciales

Art. 3Del rigor técnico

El método, por escrito.

La cuantificación del daño económico requiere rigor absoluto. Nuestros dictámenes cumplen con la objetividad del Art. 335.2 de la LEC y las normativas contables vigentes (PGC). En MIA Peritos no entregamos simples hojas de cálculo; proporcionamos argumentos económicos blindados, oratoria experta y seguridad jurídica para resolver conflictos millonarios a tu favor.

Extracto metodológico · art. 335 LEC

El peritaje económico forense cuantifica científicamente el lucro cesante y el daño emergente derivados de incumplimientos contractuales, siniestros o paralizaciones de negocio, aplicando modelos financieros auditados y series históricas contrastadas bajo el marco del artículo 1106 del Código Civil con plena validez en tribunales mercantiles y civiles.

Así lo explicaríamos al juez ↓

Art. 4Del procedimiento, paso a paso

Sin sorpresas en el precio. Peritos expertos en ratificación en sala.

Sabrás en cada momento en qué punto está tu informe, qué se va a afirmar y por qué. Así trabaja un despacho que tiene que defender lo que firma.

  1. 01

    Nos cuentas qué ha pasado

    Por teléfono, WhatsApp o el formulario. Te atiende un perito judicial, no una centralita. Todo con confidencialidad.

    Normalmente, el mismo día laborable
  2. 02

    Estudio de viabilidad técnica

    Revisamos la documentación y te decimos si la prueba técnica puede respaldar tu caso. Si no es así, te lo decimos antes de que gastes un euro más.

    Presupuesto cerrado por escrito
  3. 03

    Dictamen firmado y revisado (XD2)

    Inspección, ensayos o análisis forense con cadena de custodia. Un informe claro para el juez, riguroso para la parte contraria.

    Art. 335 LEC · ISO/IEC 27037
  4. 04

    Lo defendemos ante el juez

    El mismo perito que firma ratifica en sala, presencial o telemáticamente, y responde al interrogatorio. Preparamos contigo y con tu abogado las preguntas al perito contrario.

    Ratificación: tarifa en la hoja de encargo, solo si se realiza
Art. 5De quien ya ha confiado

4,9/5

115 valoraciones de clientes y letrados

Art. 6De las dudas habituales

Preguntas sobre esta especialidad.

¿Cómo se acredita el lucro cesante y el daño emergente en un juzgado?

Mediante la reconstrucción técnica de la contabilidad histórica, modelos econometricos proyectados de facturación y verificación de costes fijos/variables omitidos por el evento causante.

¿Es posible refutar el dictamen del economista de la contraparte?

Sí. Nuestros peritos economistas elaboran informes periciales de contradicción que detectan premisas falsas, simulaciones de gastos o algoritmos de valoración incorrectos en el documento contrario.

Art. 8De las especialidades vinculadas

Casos que suelen ir de la mano.

Art. 9Disposición final

Cuéntanos tu caso.

Te responde un perito judicial. Si tu caso no tiene recorrido técnico, te lo diremos igual de claro.

Horario de atención: L–J 9:00–13:30 y 15:00–18:00 · V 9:00–14:00

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